{"article":{"id":209358,"heading":"Venezuela: Insurgentes frente a la reforma constitucional","author":"Espacio INSURGENTES","created":"2007-11-01 18:30:21","modified":"2013-11-11 00:50:08","last_modified":"Mon, 11 Nov 2013 07:50:08","article":"<br>  <br> Las constituciones, en todos los pa&iacute;ses, reflejan siempre las relaciones de fuerza entre las diversas clases sociales que componen una sociedad. La &ldquo;reforma&rdquo; que hoy se propone plasma el triunfo obtenido por el capital trasnacional durante el golpe y el sabotaje petrolero del 2002-2003, concretado en la conformaci&oacute;n de las Empresas Mixtas y la entrega de nuevas concesiones minero-petroleras al capital extranjero. <br>  <br>   <br>  <br> La &ldquo;reforma&rdquo; propuesta por el Presidente, las modificaciones realizadas por la Asamblea Nacional y las que se anuncian, se inscriben dentro de los planes de reacomodo del capitalismo mundial para derribar los obst&aacute;culos que le impidan aumentar sus ganancias a trav&eacute;s del control de las fuentes de riqueza energ&eacute;tica y minera, la libre circulaci&oacute;n de capital, bienes y servicios. Esto es lo que se ha llamado globalizaci&oacute;n o mundializaci&oacute;n de la econom&iacute;a, reivindicando la naturaleza depredadora del capital mundial.  <br>  <br>   <br>  <br> Venezuela, como proveedor energ&eacute;tico, minero y de divisas, se convierte as&iacute; en uno de los soportes de la econom&iacute;a capitalista, insertada completamente en el modelo civilizatorio perverso y genocida, dando un vital espaldarazo a la rentabilidad de las grandes empresas energ&eacute;ticas y mineras.  <br>  <br>   <br>  <br> El objetivo principal que persigue el gran capital con esta &ldquo;reforma&rdquo; es dar rango constitucional a la propiedad mixta establecida entre el Estado Nacional y el capital privado (v&iacute;a empresas mixtas), lo que implica la entrega de la soberan&iacute;a a las trasnacionales y gobiernos extranjeros, no s&oacute;lo en petr&oacute;leo sino tambi&eacute;n en la miner&iacute;a y todos los servicios p&uacute;blicos.  <br>  <br>   <br>  <br> Se legaliza el hecho consumado por la Asamblea Nacional en el a&ntilde;o 2006, cuando sin consulta alguna, aprob&oacute; el Contrato Marco de las Empresas Mixtas. Por medio de esta figura las empresas petroleras trasnacionales cambian su rol de prestadoras de servicios, a propietarias del 40% de los hidrocarburos que est&aacute;n en el subsuelo del territorio venezolano. Esto representa la esencia de la &ldquo;reforma&rdquo; y explica la celeridad que se le quiere dar al proceso para llevar al pueblo a legitimar electoralmente esta nueva estafa pol&iacute;tica. Una vez logrado su objetivo primordial, el capitalismo globalizado le permitir&aacute; al gobierno bolivariano una serie de cambios complementarios para asegurar la profundizaci&oacute;n y estabilidad del nuevo modelo entreguista. A partir de este momento la propiedad mixta Estado - Capital Internacional se convierte en la base econ&oacute;mica de toda la sociedad, no s&oacute;lo en la industria petrolera, sino en todas las ramas de la econom&iacute;a. <br>  <br>   <br>  <br> Para el logro de estos fines, el gobierno en beneficio del capital internacional tiene la necesidad de introducir entre otros, los siguientes cambios:  <br>  <br>   <br>  <br> 1. Concentraci&oacute;n del poder en el Presidente de la Rep&uacute;blica (Art&iacute;culos 11, 16, 18, 70, 136, 141, 156, 158, 167, 184, 185, 225, 230, 236, 251, 252, 305, 307, 318, 320, 321, 328, 329 y las disposiciones transitorias), en flagrante contradicci&oacute;n con el principio de participaci&oacute;n y protagonismo popular. <br>  <br>   <br>  <br> En efecto, en la &ldquo;reforma&rdquo; propuesta se le otorgan al Presidente los m&aacute;s amplios poderes, no sometidos a control alguno: Jefe de Estado, Jefe de Gobierno, Administrador de la Hacienda P&uacute;blica y del Presupuesto Nacional, Suscriptor y Ratificador de Acuerdos y Tratados Internacionales, Jefe M&aacute;ximo de la Fuerza Armada con poder para intervenir en todas sus unidades y decidir los ascensos de sus oficiales, Creador y Fiscalizador de Nuevos Entes Territoriales y Poderes P&uacute;blicos, Generador de Presupuesto para las Misiones, nombrar&aacute; a los vicepresidentes, establecer&aacute; y dispondr&aacute; de las reservas internacionales, contralor y director del Consejo Nacional de Gobierno y el Consejo de Estado, y establecer&aacute; y dirigir&aacute; unipersonalmente el Plan de Desarrollo del Pa&iacute;s.  <br>  <br>   <br>  <br> Es notoria la usurpaci&oacute;n del derecho a elegir las autoridades locales y regionales al atribuirse el Presidente de la Rep&uacute;blica la facultad para nombrarlas, contradiciendo su propuesta de elecci&oacute;n de cargos p&uacute;blicos (art. 70). De hecho, estas facultades las viene ejecutando el Primer Mandatario en abierta complicidad con la Asamblea Nacional y el resto de los poderes p&uacute;blicos.  <br>  <br>   <br>  <br> 2. Burocratizaci&oacute;n y control del movimiento popular (a trav&eacute;s de la modificaci&oacute;n de los Art&iacute;culos 67, 70, 136, 141 y 184).  <br>  <br>   <br>  <br> El Estado norma y reglamenta en un formato &uacute;nico y obligatorio de participaci&oacute;n, al que se le da el nombre de Poder Popular, nacido y administrado desde los poderes establecidos. El Poder Ejecutivo Nacional dirige por completo la din&aacute;mica comunitaria en aras de arrebatarle la autonom&iacute;a hist&oacute;rica que han tenido los movimientos sociales en Venezuela. El poder, que constitucionalmente reside en el soberano, es usurpado y ahora es arbitraria e inconstitucionalmente &ldquo;transferido&rdquo; a &eacute;ste por el Presidente.  <br>  <br>   <br>  <br> Para poder participar en el llamado Poder Popular, es obligatorio estar inscrito en las organizaciones predefinidas por el Poder Ejecutivo Nacional, lo que presupone de hecho la p&eacute;rdida de los derechos a la libre organizaci&oacute;n y participaci&oacute;n contenidos en el propio art&iacute;culo 67.  <br>  <br>   <br>  <br> 3. Se legaliza la desregularizaci&oacute;n o flexibilizaci&oacute;n de la mano de obra, y se le presenta a los trabajadores(as) como un avance revolucionario para aprobar la &ldquo;reforma&rdquo;. (Art&iacute;culos 70, 87, 90, 141) Se retoma la bandera hist&oacute;rica de la reducci&oacute;n de la jornada laboral, para ajustar las relaciones laborales a las exigencias del capitalismo globalizado, quien depende cada vez menos del trabajo para la acumulaci&oacute;n de capital. Las grandes corporaciones mundiales han ido imponiendo progresivamente la modalidad del empleo temporal, remunerado por horas trabajadas, a manera de desprenderse del estorbo en que se han convertido los trabajadores en esta nueva realidad mundial.  <br>  <br>   <br>  <br> La CRBV contempla en su art&iacute;culo 90, la reducci&oacute;n de la jornada de trabajo sin necesidad de ninguna reforma; en el Art. 86 el establecimiento de un sistema nacional de seguridad social gratuito, universal y p&uacute;blico; en el art. 92 y la disposici&oacute;n transitoria 4ta. numeral 3, la retroactividad de las prestaciones sociales a trav&eacute;s de leyes especiales que el gobierno estaba obligado a promulgar. El tiempo libre prometido ser&aacute; programado y organizado por los patronos o las patronas (Art.90). Con la modificaci&oacute;n realizada por la Asamblea Nacional ahora esta funci&oacute;n se la reservar&aacute; el Estado.  <br><br> 4. Se militariza la sociedad venezolana. (Art&iacute;culos 11, 328, 329 y las disposiciones transitorias) Con esta &ldquo;reforma&rdquo; se consolida el proyecto imperial de utilizar una vez m&aacute;s a los militares latinoamericanos como agentes de contrainsurgencia, represores en los conflictos internos y de combate antidrogas. Esto se cristaliza al incorporar a la nueva doctrina militar el papel de la Fuerza Armada Bolivariana, incluyendo a la milicia popular bolivariana, en el mantenimiento del orden p&uacute;blico y la paz interna, as&iacute; como asumir funciones de polic&iacute;a administrativa y de investigaci&oacute;n penal.  <br>  <br>   <br>  <br> Esta dimensi&oacute;n de los cambios propuestos afectar&aacute; y agravar&aacute; directamente la situaci&oacute;n de los Derechos Humanos en Venezuela. La militarizaci&oacute;n existente en todos los &oacute;rdenes de nuestra sociedad no es m&aacute;s que el preludio para el establecimiento de un Estado Totalitario, consumado en la reforma, ya vigente del C&oacute;digo Penal, as&iacute; como la Ley de Polic&iacute;a Nacional y en la Ley Contra el Terrorismo, aprobadas a nivel del ejecutivo. Estas leyes son la instrumentaci&oacute;n pr&aacute;ctica pol&iacute;tico-policial de la &ldquo;reforma&rdquo; que le garantizan al Capital la paz y seguridad necesaria para el desarrollo de sus negocios. Por ello, la modificaci&oacute;n del art&iacute;culo 337 de nuestra Carta Magna hace posible que los derechos al debido proceso y la informaci&oacute;n se puedan suspender durante el estado de excepci&oacute;n, lo cual significa darle rango constitucional a la doctrina penal del Estado policial. En resumidas cuentas, el Estado Venezolano, fiel a su historia represiva ratifica una vez m&aacute;s el monopolio del ejercicio de la violencia contra la poblaci&oacute;n, tal y como ha perpetrado las masacres del Caracazo, El Amparo, Yumare, Cantaura, La Paragua, Alto Llano en Apure, Barrio Kennedy, incluyendo la masacre de Abril 2002 ejecutada por ambos bandos.  <br>  <br>   <br>  <br> Con ese objetivo, el Ministerio de la Defensa anuncia el entrenamiento de 5 mil francotiradores para &ldquo;salvaguardar los intereses del Estado socialista en particular en aquellos casos donde el orden p&uacute;blico pueda transgredir la normal tranquilidad de la ciudad y en especial cuando la seguridad presidencial est&eacute; en juego&rdquo; (Edic. 569,QUINTO DIA), de esta manera se consolida una plataforma para profundizar la represi&oacute;n, neutralizar y aplastar cualquier manifestaci&oacute;n de protesta popular frente a los atropellos.  <br><br> La esencia capitalista del Estado venezolano no se reforma, sino que se profundiza.  <br>  <br>   <br>  <br> En la Constituci&oacute;n Bolivariana de Venezuela de 1999, en sus art&iacute;culos 299, 301, 303 se le otorg&oacute; a la iniciativa privada junto al Estado el rol de promover el desarrollo del pa&iacute;s; a la inversi&oacute;n extranjera el mismo trato y beneficios que al capital local y se legalizaron las empresas mixtas en la industria petrolera; estos art&iacute;culos, esencia del r&eacute;gimen socio-econ&oacute;mico del pa&iacute;s, no fueron modificados en la propuesta de &ldquo;reforma&rdquo; del Presidente.  <br>  <br>   <br>  <br> Es importante resaltar que los asamble&iacute;stas en un malabarismo de palabras, tratando de ocultar la verdadera esencia de la nueva constituci&oacute;n, modificaron s&oacute;lo de forma los art&iacute;culos 299, 301 y 303 conservando el fondo neoliberal y capitalista del orden existente, contenido en los art&iacute;culos reformados 112, 113 y 115. Se limitaron a cambiar y sustituir palabras manteniendo la intenci&oacute;n de fondo, por ejemplo en el art. 301 eliminaron el p&aacute;rrafo final donde se le da el mismo trato a las empresas extranjeras que a las nacionales, sin embargo, se le da rango constitucional a las empresas mixtas que ya est&aacute;n operando y se contin&uacute;an estableciendo con empresas transnacionales y con pa&iacute;ses y gobiernos extranjeros. Todas estas empresas y los gobiernos son sujetos de derecho internacional, viol&aacute;ndose as&iacute; el articulo 13 de la CRBV que reza textualmente: &ldquo;El territorio nacional no podr&aacute; ser jam&aacute;s cedido, traspasado, arrendado ni en forma alguna enajenado, ni a&uacute;n temporal o parcialmente, a Estados extranjeros u otros sujeto de derecho internacional&rdquo;. Por ejemplo, es inconstitucional establecer empresas mixtas con los gobiernos de Cuba, Colombia, Brasil, Panam&aacute;, Nicaragua, Ir&aacute;n, Argelia, China, Vietnam, entre otros, e igualmente con empresas como Chevron, Gazpron, Repsol, BP, China Petroleum, Lukoil, Mitsubishi, etc.  <br>  <br>   <br>  <br> Las alteraciones a los art&iacute;culos 112, 113 y 115 propuestas en la &ldquo;reforma&rdquo; son precisamente para darle rango constitucional a la creaci&oacute;n de empresas mixtas en todas las &aacute;reas de la econom&iacute;a nacional, iniciada con la llamada apertura petrolera en la d&eacute;cada de 1990. Con la &ldquo;reforma&rdquo;, a las transnacionales se le reconoce constitucionalmente la propiedad de una buena parte (hasta un 49%) de nuestras reservas petroleras y mineras. Esto explica el empe&ntilde;o oficialista por acelerar la modificaci&oacute;n de la Carta Magna, garantizando el rol que desde los centros mundiales de dominaci&oacute;n se le ha asignado a nuestro pa&iacute;s en la divisi&oacute;n internacional del capital y el trabajo: que no es m&aacute;s que poner a su disposici&oacute;n la mano de obra barata y las riquezas naturales.  <br><br> Las empresas mixtas en petr&oacute;leo y miner&iacute;a implican la destrucci&oacute;n de un mill&oacute;n de Kms cuadrados (incluyendo 500mil Kms cuadrados de mar territorial) que estar&aacute;n sometidos a la exploraci&oacute;n y explotaci&oacute;n petrolera, con las consecuencias ecol&oacute;gicas conocidas. La &uacute;ltima reserva pesquera del pa&iacute;s comprendida entre la isla de Margarita, Los Testigos y Puerto Sucre ser&aacute; destruida con el proyecto gas&iacute;fero Gran Mariscal de Ayacucho (CIGMA). El plan minero nacional expuesto por el presidente implica la afectaci&oacute;n del 52% del territorio nacional, principalmente en las zonas de mayor biodiversidad como son los Estados Bol&iacute;var, Amazonas, Delta Amacuro, Sierra de Perij&aacute; y los Andes. S&oacute;lo en Perij&aacute; se calcula que debido a las concesiones a las trasnacionales del carb&oacute;n est&aacute;n en riesgo 500 mil hect&aacute;reas de bosque y 7 millones de toneladas de vegetaci&oacute;n primaria  <br>  <br>   <br>  <br> El impacto ambiental impl&iacute;cito en la propuesta de reforma es un inmenso ecocidio que abarcar&aacute; todo el pa&iacute;s. Se inscribe en los planes del capital internacional dentro de la llamada Integraci&oacute;n de la Infraestructura Regional Suramericana (IIRSA). Este plan de destrucci&oacute;n est&aacute; contemplado en la Ley de Minas aprobada por la AN y que ser&aacute; puesta en pr&aacute;ctica a trav&eacute;s de la Ley Habilitante por el Presidente de la Rep&uacute;blica.  <br>  <br>   <br>  <br> Ratificamos que esto no es una simple &ldquo;reforma&rdquo;, estamos ante modificaciones que vulneran y trasgreden los principios fundamentales y b&aacute;sicos establecidos en los primeros art&iacute;culos de la propia Constituci&oacute;n.  <br>  <br>   <br>  <br> En s&iacute;ntesis, se quiere establecer en la constituci&oacute;n, como m&aacute;xima norma jur&iacute;dica, la garant&iacute;a de la gobernabilidad a trav&eacute;s de la reelecci&oacute;n continua, la militarizaci&oacute;n de la sociedad, la flexibilizaci&oacute;n laboral (p&eacute;rdida progresiva de los derechos laborales), la concentraci&oacute;n del poder pol&iacute;tico en el Presidente de la Rep&uacute;blica y el control del movimiento popular, f&oacute;rmulas exigidas por los centros mundiales de poder.  <br>  <br>   <br>  <br> Esta reforma a la Carta Magna no solucionar&aacute; los problemas de inseguridad, impunidad, desempleo, vivienda, salud, educaci&oacute;n, machismo, violencia en la familia y contra las mujeres, y carencia de protecci&oacute;n social que aquejan a los venezolanos y venezolanas, especialmente de los sectores m&aacute;s oprimidos y explotados. Dichos males propios del desarrollo del capitalismo en Venezuela, se han profundizado en los &uacute;ltimos 9 a&ntilde;os, debido a la corrupci&oacute;n, improvisaci&oacute;n e ineficacia de este gobierno, a pesar de contar con los enormes recursos de la renta petrolera, en medio de la mayor y m&aacute;s sostenida bonanza fiscal vivida por el pa&iacute;s en su historia.  <br>  <br>   <br>  <br> Es la lucha social permanente contra todos los poderes establecidos la &uacute;nica manera de lograr que salga del papel, para concretarse en los hechos, el cumplimiento de derechos calificados como universales, indivisibles e interdependientes plasmados en La Declaraci&oacute;n Universal de Derechos Humanos la cual reza en su Art 1 &ldquo;Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como est&aacute;n de raz&oacute;n y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros&rdquo;. Los derechos humanos no se negocian con el capitalismo en ning&uacute;n contexto ni en ninguna circunstancia. Con esta reforma se pretende confiscar derechos conquistados a trav&eacute;s de luchas que hist&oacute;ricamente ha mantenido el pueblo Venezolano.  <br>  <br>   <br>  <br> Convocamos a obrer@s, campesin@s, ind&iacute;genas, excluid@s, estudiantes, intelectuales y privad@s de la libertad, al igual que a las redes sociales, es decir, a todo el pueblo, a rechazar la &ldquo;reforma&rdquo;. &Eacute;sta, es el maquillaje para implantar un capitalismo de Estado Militarizado, siguiendo los modelos chino y cubano, garantizando as&iacute; la mayor eficacia para el desempe&ntilde;o servil de los administradores locales de la globalizaci&oacute;n.  <br><br> S&oacute;lo las luchas sociales del pueblo y sus organizaciones verdaderamente aut&oacute;nomas frente a cualquier poder constituido, pueden llevar a cabo los cambios que la sociedad venezolana reclama desde la llegada a estas tierras de la llamada &ldquo;civilizaci&oacute;n occidental&rdquo;.  <br>  <br>   <br>  <br> Caracas 30.10.07  <br>  <br>   <br>  <br> Se adhieren, miembros del espacio Insurgentes de Venezuela: Colectivo Pueblo y Conciencia (Maracay). Cruz Negra Anarquista de Venezuela, Grupo Soberan&iacute;a, Peri&oacute;dico El Libertario, Grupo Defensores del Bol&iacute;var, &Aacute;gora27-UCV, Tercer Camino, Cecavid (Lara), Justicia y Paz (Aragua), El Conuco de la Vida (Trujillo), La Libertaria (Biscucuy). Domingo Alberto Rangel, Migdalia Valdez, Victor Felizardo, Victor Poleo, Narlis D&iacute;az, Rafael Uzc&aacute;tegui, Eudes Vera, Manuel Mart&iacute;nez y Osmar Castillo, Pablo Hern&aacute;ndez, Noel Le&oacute;n, Rosa P&eacute;rez, Guillermo Sira, Nelson M&eacute;ndez, Lexys Rend&oacute;n, Humberto Decarli, Hisvet Fern&aacute;ndez, Eli&eacute; Habalian, Luisa Arias, Enrique M&aacute;rquez, Douglas Ferm&iacute;n, Douglas Bravo, Francisco Prada, Rossabel Arauz, Lu&iacute;s Aguilera, Domingo Andrade, Antonio Decena, Mar&iacute;a Walter, Fernando Herrera, Esteban Mej&iacute;as, Lu&iacute;s Silva, Nathaly V&aacute;squez, Ingrid Vegas, Nidia C&aacute;rdenas. (Firmas en permanente incremento)  <br>  <br>   <br>  <br> <a href=\"http:\/\/www.insurgentes.org.ve\" rel=\"nofollow\">http:\/\/www.insurgentes.org.ve<\/a>  \/  E-mail: <a href=\"mailto:contacto@insurgentes.org.ve\" rel=\"nofollow\">contacto@insurgentes.org.ve<\/a>  <br>  <br>  \n","contact":"contacto@insurgentes.org.ve","link":"www.insurgentes.org.ve","address":"","phone":"","parent_id":0,"mime_type":"text\/plain","summary":"* Diferentes organizaciones y personas del pa\u00eds, con trayectorias en las luchas sociales, vinculadas a diversos planteamientos de izquierda cr\u00edtica y anti-autoritaria, que hemos confluido en el espacio INSURGENTES, fijamos posici\u00f3n ante la \u201creforma\u201d propuesta inicialmente por el Presidente de la Rep\u00fablica.","numcomment":0,"fileurl":"\/uploads\/","filesize":null,"article_url":"\/news\/2007\/11\/209358.php"},"attachments":[],"comments":[]}